Derecho al Secreto de las Comunicaciones
Por Félix Barrientos Bilbao
Maestrista en Ciencias de la Empresa con mención en Gestión Publica
Dentro de nuestra
constitución Política del Perú, se identifica una serie de derechos
fundamentales que tenemos todos los peruanos, entre de todas ellas tenemos ya
normado dentro del artículo 2 inciso 10 donde que nos da a conocer lo
siguiente, “Toda persona tiene derecho al secreto y a la inviolabilidad de
sus comunicaciones y documentos privados”, esto establece un principio
fundamental en materia de derechos individuales. Este derecho reconoce la
importancia de proteger la privacidad y la intimidad de las personas,
garantizando que sus comunicaciones y documentos personales no sean objeto de
interferencia o acceso no autorizado parte de terceros, ya sean entidades
públicas o privadas; en este entender significa que nadie puede acceder a
revisar los correos ajenos, los mensajes que te llegan en el WhatsApp, los
mensajes que tienes en Facebook o cualquier
red social, ya que al cometer este hecho, se estaría vulnerando un
derecho fundamental de cualquier
ciudadano peruano, que es el derecho a la inviolabilidad de sus comunicaciones,
esto solo lo puede autorizar el Juez, así que es muy importante conocer este
derecho ya que es muy fundamental en la actualidad en que vivimos.
En esta era
digital, donde las comunicaciones y telecomunicaciones desempeñan un papel
importante en nuestra vida cotidiana, la protección a la privacidad se ha
vuelto un papel crucial.
En su obra "Estudio de la Constitución Política de 1993", el destacado jurista peruano, especializado en derecho constitucional y derechos humanos Marcial Rubio Correa, resalta la importancia del derecho al secreto de las comunicaciones como un pilar fundamental para proteger la privacidad y la intimidad de los ciudadanos. Este derecho implica que nadie puede acceder o intervenir la comunicaciones privadas de una persona sin una autorización judicial previa y justificada.
En el trabajo presentado por Marcial Rubio Correa, un destacado jurista peruano especialista en derecho constitucional y derechos humanos, ha sido fundamental en el análisis y la defensa de los derechos fundamentales, incluyendo el derecho a la privacidad y al secreto de las comunicaciones.
Sus obras proporcionan una perspectiva solida y fundamentada en principios legales sobre la importancia de proteger estos derechos en un mundo cada vez más digitalizado
sobre la importancia de proteger estos derechos en un mundo cada vez más digitalizado y conectado. Rubio Correa ha contribuido significativamente al debate académico y jurídico, destacando la necesidad de salvaguardar la privacidad individual frente a posibles intrusiones estatales o privadas. Su enfoque riguroso y su profundo compromiso con los principios democráticos hacen de sus escritos una referencia invaluable para quienes buscamos comprender y defender los derechos fundamentales en el contexto peruano y más allá.
Por otro lado, para el autor Rioja Bermúdez, Alexander refiere que “debe precisarse que el derecho al secreto de las comunicaciones al igual que la inviolabilidad de domicilio su posibilidad de ser levantada únicamente mediante resolución judicial, siendo invalidante las pruebas obtenidas con vulneración de este derecho”.
La afirmación del autor Rioja Bermúdez, enfatiza de que el derecho al secreto de las comunicaciones como la inviolabilidad del domicilio solo puede ser suspendidos o levantados mediante una decisión judicial. Esto implica que cualquier acción que implique la intervención en las comunicaciones privadas de una persona al igual que el ingreso a su domicilio debe contar con la autorización previa de un juez, quien evaluará si existen fundamentos legales y justificados para tal medida.
Esta interpretación resalta la necesidad de garantizar que las autoridades respeten los derechos individuales y se adhiera a los procedimientos legales establecidos. Además, enfatiza que cualquier evidencia obtenida de manera contraria a este derecho, debería ser considerada invalida en un proceso legal.
A partir del análisis realizado sobre el derecho al secreto de las comunicaciones, reconocida en la Constitución Política del Perú puedo resaltar que es un pilar fundamental para proteger la privacidad y la intimidad de los ciudadanos. Este derecho implica que nadie puede acceder o intervenir en las comunicaciones privadas de una persona, ni tampoco ingresar a su domicilio, sin una autorización judicial previa y justificada.
En mi opinión personal concuerdo con los autores, porque el derecho al secreto de las comunicaciones es una regulación muy importante ya que esto protege la inviolabilidad de las comunicaciones que guarda una persona, siento en lo personal que con esta regulación se protege las comunicaciones que cuenta todo ciudadano y previene la violación del derecho a las comunicaciones que es un derecho muy fundamental en la actualidad, ya que en nuestro mismo entorno nos sentimos a diario vulnerado de tus comunicaciones a medida que avanza la tecnología y está a su veces es utilizada muchas veces por inescrupulosos que asechan para vulnerar tus comunicaciones con fines que terminan afectándote, o también es el caso de muchas parejas toxicas que sin tener conocimiento de estos derechos revisan los mensajes de sus teléfonos de sus parejas cometiendo violación del derecho al secreto de las comunicaciones ya que esta a su vez es un delito hacerlo.
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